Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37023

N° Receptoría:

Fecha: 2007-05-31

Carátula: PRODUCTORES FRUTAS Arg. Coop. Seguros Ltda. C/LOPEZ Eriberto S/ Sumario

Descripción: caducidad///defensoria Dr. Sueldo

General Roca, 31 de mayo de 2007.-

Certifique el Actuario.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Sr. JUEZ:

CERTIFICO: Que teniendo a la vista el cuaderno de despacho interno, surge que el oficio 389 en estos autos Productores de Frutas Arg. c/Lopez Eriberto S/Sumario (37.023-III-05), fue recibido el 30.03.2007 por el Juzgado Federal de Primera Instancia de General Roca.-

Secretaría, 31de mayo de 2007.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 31 de mayo de 2007.-

Atento la certificación que antecede y lo dispuesto por el art. 402 del C.P.C., téngase por desistida la prueba instrumental, la que no podrá ser realizada en esta instancia.-

Atento el estado de autos y no restando prueba a producir, clausúrase el término probatorio. Not.-

Pasen las presentes actuaciones al despacho del Defensor Oficial -Dr. Sueldo-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro