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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37399
Fecha: 2007-05-31
Carátula: CUETO Luis A. c/AGUILERA Elba S/ Ejecutivo
Descripción: embargo de sueldo
General Roca, 31 de mayo de 2007.-
Trábese embargo sobre el bien denunciado por las sumas de $ 150 en concepto de capital con más la de $ 200 que se calculan para costas.-
Para su cumplimiento líbrese oficio a la empleadora a fin de que descuente dichas sumas en el porcentaje de ley de los haberes que tenga a pericibir Elba Aguilera y depositarlos en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal en el Banco Patagonia S.A. Sucursal General Roca.-
Líbrese oficio a las entidades bancarias mencionadas haciéndole saber que deberán embargar las sumas detalladas precedentemente y depositarlas y/o transferirlas a la cuenta de autos, a la orden del Tribunal en el Banco Patagonia S.A. Sucursal General Roca.-
De ser cuenta sueldo deberá abstenerse de efectivizar la medida.-
De lograrse la medida dispuesta en una de las entidades bancarias, la ejecutante debe abstenerse de hacerlo en las restantes mencionadas.-
Atento lo peticonado transcríbanse en los oficios lo dispuesto por el art. 533 inc. 2 del CP.C.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro