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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37859
Fecha: 2007-05-31
Carátula: BARNABA Eugenia Blanca c/GIANNELLI Oscar Ruben S/ Desalojo
Descripción: inicio
General Roca, 31 de mayo de 2007
Téngase presente la aclaración formulada y de la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso SUMARIO, traslado a la demandada por el término de DIEZ días, a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 486 y 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula a Villa Regina.-
Hágase saber al Sr. Oficial Notificador que deberá dar cumplimiento con las disposiciones de los arts. 683/4 del C.P.C., los que se transcribirán en la cédula.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse dado cumplimiento. CONSTE.-
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Poder Judicial de Río Negro