include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 13325-090-05
Fecha: 2005-08-10
Carátula: SCANDROGLIO F.B. ALEJANDRO / PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS S/INCIDENTE DE APELACION
Descripción: Medida.
Expediente Nro.13325-090-05
Excma. Cámara:
Siendo necesario ad effectum videndi y como medida para mejor proveer, tener la causa principal, solicito se la requiera a su juzgado de origen.-
Vocalía, de Agosto de 2005.-
///Carlos de Bariloche, 10 de Agosto de 2005.-
Visto. Requiérase al Juzgado Civil nº 1 la causa principal caratulada: “SCANDROGLIO F.B. Alejandro c/ PROVINCIA DE RIO NEGRO s/ DS. Y PS.”, ad effectum videndi y como medida para mejor proveer. Interrúmpanse los plazos para fallar. Oportunamente practíquese nuevo cómputo. Notifíquese.-
dr. Edgardo Camperi dr.Horacio C. Osorio dr. Luis M. Escardó
juez de Cámara juez de Cámara juez de Cámara
<*****>
Poder Judicial de Río Negro