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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0181/2007
Fecha: 2007-05-30
Carátula: TAGLIANI ELSA NELIDA C/ ANTONELLI ANDREA MARISA Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: CONTESTAN DEMANDA-DOC.-TRASLADO-REPONER SELLADO
EXPTE. Nº : 0181/2007.-
CARATULA: "TAGLIANI ELSA NELIDA C/ ANTONELLI ANDREA MARISA Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)".-
VIEDMA, mayo de 2007.-
I.- Por presentados, parte y por constituído domicilio.-
Toda vez que las copias acompañados carecen de validez legal por ser fotocopias simples e impresos, devuélvanse los mismos a su presentante.-
Por contestada en tiempo y forma la demanda, de la documental presentada, traslado a la contraparte por el término de ley. Notifíquese.-
Al pedido de citación en garantía, estése a lo dispuesto a fs. 25.-
Hágase saber al profesional interviniente que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
II.- Hágase saber a la parte actora que deberá oblar el sellado liquidado por la Dirección General de Rentas a fs. 26 respecto del boleto de compra venta ($ 178).-
R.B.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
NOTA: De haberse devuelto fotocopias e impresos conforme lo ordenado precedentemente. Conste.-
Secretaría, de mayo de 2007.-
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro