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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37560
Fecha: 2007-05-29
Carátula: CONSORCIO Riego y Drenaje V. Regina, Godoy y Chichinales c/HERNANDEZ Alejandra S/ Ejecutivo
Descripción: providencia
General Roca, 29 de mayo de 2007.-
Certifique el Actuario.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sr. JUEZ:
CERTIFICO: Que por ante este Juzgado y Secretaría tramitan los autos: "HERNANDEZ ALEJANDRO S/SUCESION" (25.445-III-92) y por cuerda "CHAVEZ DE HERNANDEZ PAULINA S/SUCESIÓN" (24669-III-91).-
En los autos 25.445-III, a fs. 53 obra declaratoria de herederos de fecha 01 de abril de 1993, en los cuales se resuelve declarar en cuanto ha lugar por derecho que por fallecimiento de Alejandro Hernandez le suceden en caracter de únicos y universales herederos sus hijos Gabriel, Agustin,Esteban, Candida, María , Donato, Segunda Dionisia, Santiago, Alejandro, Juan y Aurora Nélida, todos de apellidos Hernandez y Chavez.-
Juan Hernandez se domicilio en Chacra 7, lote E de la localidad de Chichinales, constituye domicilio junto a su letrado apoderado Dr. Hernán Mones y Graciela Tempone en Mitre 810, 2* piso, oficina 7.-
A fs. 39 obra escritura en la que consta que Aurora Nelida Hernandez, cede y transfiere a favor de Candida Hernandez, todas las acciones y derechos hereditarios que tiene y le corresponden o pueda corresponder en el expte. 24.669-III-91 y en 25.445-III-92.-
A fs. 46 se encuentra denunciado el domicilio real de Agustin Hernandez en calle-26 y 27 localidad de 25 de Mayo de Provincia de Buenos Aires.
A fs. 62 se encuentra agregada la cesión de los señores Segunda Dionisia Hernandez, Donato Hernandez, Santiago Hernandez, María Hernandez y Gabriel Hernandez a favor de Juan Hernandez, todas las acciones y derechos hereditarios que tienen y les corresponden en ambas sucesiones a favor de Juan Hernandez.-
Se denuncia el domicilio de Juan Hernandez en la localidad de Chichinales.-
Candida Hernandez se domicilio en Mitre 504 de Villa Regina y constituye domicilio en Mitre 944, 1* piso, oficina 2 de General Roca, junto a sus letrados Dres. Margot Perez Bambill y Sergio Santiago Espul (fs.110)
En los autos 24.669-III-91 a fs. 80 de fecha 1 de abril de 1993 obra declaratoria de herederos en la que consta que por fallecimiento de Paulina Chavez le suceden en caracter de únicos y universales herederos sus hijos: Gabriel, Agustin,Esteban, Candida, María , Donato, Segunda Dionisia, Santiago, Alejandro, Juan y Aurora Nélida, todos de apellidos Hernandez y Chavez, sin perjuicio de los derechos que la ley le otorga al cónyuge supérstite Alejandro Hernandez-
Secretaría, 29 de mayo de 2007.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, 29 de mayo de 2007.-
Téngase presente la certificación que antecede y a lo solicitado no ha lugar, atento lo dispuesto a fs. 45.-
En virtud de lo manifestado a fs. 40, y las cesiones realizadas, a fin de intimar de pago y embargo a Esteban, Alejandro, Agustin, Candida y Juan, todos de apellidos Hernandez y Chavez denúnciese el domicilio real de los dos primeros.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro