Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1228/00/6

N° Receptoría:

Fecha: 2007-05-28

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ OSMAN MONICA RAMONA S/ EJECUTIVO

Descripción: REG. HON. AL DR. FABRE

EXPTE. Nº 1228/00/6

CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ OSMAN MONICA RAMONA S/ EJECUTIVO

Viedma, mayo de 2.007.-

Atento lo solicitado, teniendo en cuenta las tareas realizadas en las presentes actuaciones y a los fines regulatorios deberá tomarse en cuenta los fundamentos expuestos y desarrollados en las resoluciones dictadas en los autos caratulados: "Schmitt Carlos Alberto c/ Lamas Alicia Ester y Otro s/ Ejecutivo" Expte. n° 1745/01/5 en fecha 15/10/04 mediante Auto Interlocutorio n° 503 folios 691/692 y "Martinez Juan Carlos c/ Curruhinca, Angel Cristino y Otro s/ Ejecutivo" Expte. nº 124/03 en fecha 07/03/05 mediante Auto Interlocutorio nº 30 folios 37/38, entre otros, por lo cual se regulan los honorarios profesionales del Dr. Pablo Francisco Fabre en la suma de $ 50. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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