Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36916

N° Receptoría:

Fecha: 2005-05-06

Carátula: MARCHIONI Rene Julia c/POBLETE Samuel Ivan S/ Ejecutivo

Descripción: remisión al Juzg. de Paz por menor cuantia

General Roca, 06 de mayo de 2.005.-

Atento lo dispuesto por el art. 63, inc. 1 de la Ley 2430 (texto según Ley 3780),y en razón del monto establecido en el Art. 1* de la Acordada N* 23/004, y el que se reclama en el presente, decl{arase la incompetencia de este Juzgado para intervenir en el presente y remítanse las actuaciones al Juzgado de Paz correspondiente, con adjunción de la documentación original de fs. 3.-

Dr. RICHAR GALLEGO

JUEZ SUBROGANTE

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