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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35340
Fecha: 2005-08-09
Carátula: PEREYRA María S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: Ordena oficios//cédulas agreg.//acta audiencia
//neral Roca, 09 de AGOSTO de 2.005.-
A fin de establecer la existencia de bienes a nombre de la peticionante, líbrense oficios a los Registros de la Propiedad Inmueble y Automotor correspondientes.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En General Roca, siendo las diez hs. del día nueve de agosto de 2.005, comparecen a la audiencia fijada en autos una persona citada como testigo, quien previo juramento de ley dijo ser y llamarse:Amed Esther, argentina, mayor de edad, casada, ama de casa, domiciliada actualmente en Neuquén 1855de General Roca, quien responde a tenor del interrogatorio obrante a fs. 9. PRIMERA: que conoce a la actora hace dos años, porque trabaja en la peluquería de la testigo, hace casi dos años, la Sra. Pereyra es empleada de la testigo y de su esposo, al futuro demandado no lo conoce, las demás no le comprende. SEGUNDA: en buenas condiciones, está mejor que hace dos años, porque tiene trabajo. TERCERA: tiene los del trabajo nada más, y que el sueldo aproximado es de $ 600, porque trabajan por tanto, no por sueldo. CUARTA: es oficial en la peluquería. QUINTA: que no tiene casa ni autos, ni nada, cree que si tiene mutual la Sra. Pereyra, y lo cree porque ella paga monotributo. SEXTA: que lo sabe porque es empleada de la testigo en la peluquería. No siendo para más se autoriza al testigo a retirarse previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
Acto seguido, comparece otra persona citada como testigo, quien previo juramento de ley dijo ser y llamarse: Cabezas Silvia Elizabeth D.N.I. 27.699.205, argentina, m ayor de edad, soltera, empleada, domiciliada actualmente en Tucumán 2023 de General Roca, quien responde a tenor del mismo interrogatorio. PRIMERA: a la actora la conoce desde hace 5 años, desde que la testigo empezó air a la peluquería donde la actora trabajaba, son amigas, al futuro demandado no lo conoce, las demás no le comprende. SEGUNDA: vive bien, con su marido con sus hijas. TERCERA: ella trabaja en la peluquería, a porcentaje, no tiene un sueldo fijo, el sueldo depende de los cortes, el sueldo se lo hace ella. CUARTA: Es peluquera. QUINTA: no tiene bienes de fortuna, no tiene mutual, tiene la del marido que es Osprera, la de la chacra, actualmente no sabe si tiene mutual. SEXTA: porque la conoce y ella le comentaba. No siendo para más se da por finalizado el acto, firmando la compareciente previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro