Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0519/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2007-05-23

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ IBAÑEZ ALBERTO ALCIDES S/ EJECUCION FISCAL

Descripción: EMBARGO - OFICIO DILIGENCIADO - NOTIF ART. 198 C.PR. DECRETA INHIBICION

EXPTE. Nº 0519/2006

AUTOS: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ IBAÑEZ ALBERTO ALCIDES S/ EJECUCION FISCAL

Viedma, mayo de 2.007.-

Agréguese el oficio diligenciado. En los términos del art. 198 párrafo 2do. del C.Pr., notifíquese la medida trabada.-

Atento lo peticionado y las constancias obrantes en autos, en los términos del art. 534 del Cód. Pr., decrétase la inhibición general de bienes a nombre del demandado, Alberto Alcides Ibañez, D.N.I. Nº 11.733.334, domiciliado en Nahuel Niyeu 310 del Barrio Gobernador Castello de Viedma. A tal fin, líbrense oficios a los Registros de la Propiedad Inmueble, de Créditos Prendarios y del Automotor.-

R.B.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro