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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0875/2003
Fecha: 2007-05-23
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ CASTRO ANAHI ROSANNA S/ EJECUTIVO
Descripción: REG. HON. POR EJ. DE SENTENCIA
EXPTE. Nº 0875/2003
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ CASTRO ANAHI ROSANNA S/ EJECUTIVO
Viedma, mayo de 2.007.-
Atento lo solicitado y el estado de las presentes actuaciones, regúlanse los honorarios profesionales de la Dra. Ana Carolina Scoccia y del Dr. Cristian Ernesto Mildenberger, por la etapa de ejecución de sentencia, en la suma de $ 225 para cada uno. M.B.: $ 8.728 (1/3 monto de capital de sentencia actualizado), coef. 50% del 11% más el 40%. (art. 7, 9, 40 y 49 ley 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro