include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0623/2003
Fecha: 2007-05-22
Carátula: BALOGH ENRIQUE OSVALDO C/ ASOCIACION MUTUAL ESTATALES RIONEGRINOS (AMER) S/ EJECUTIVO
Descripción: CEDULA SECRETARIA
C E D U L A
Señor: ASOCIACION MUTUAL ESTATALES RIONEGRINOS (AMER)
Domicilio: Alem 286 (real denunciado)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "BALOGH ENRIQUE OSVALDO C/ ASOCIACION MUTUAL ESTATALES RIONEGRINOS (AMER) S/ EJECUTIVO ", Expte. Nº 0623/2003, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, mayo 17 de 2.007.- .... Habiéndose cancelado el crédito reclamado, hágase saber a la demandada la existencia de fondos remanentes. Notifíquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes - Juez".-
Se hace saber que para la percepción de los fondos remanentes deberá comparecer al Juzgado el representante legal de la Asociación demanda.-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de mayo de 2007.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
<*****>
Poder Judicial de Río Negro