include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0154/2006
Fecha: 2007-05-18
Carátula: SANDOVAL JULIO SIMON Y OTROS C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (HOSPITAL ARTEMIDES ZATTI) S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: ART. 489
EXPTE. Nº: 0154/2006.-
CARATULA: "SANDOVAL JULIO SIMON Y OTROS C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (HOSPITAL ARTEMIDES ZATTI) S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)".-
Viedma, mayo de 2007.-
Atento el estado de autos y existiendo hechos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase a prueba la presente causa. Conforme lo dispone el art. 489 del Cód. Pr., señálase la audiencia del día 16 de agosto de 2.007 a las 9,30 horas, a la que deberán comparecer personalmente las partes munidas de sus documentos de identidad, previa citación en legal forma, bajo apercibimiento de aplicar el equivalente a 50 jus en calidad de astreintes a la parte que no compareciera sin justa causa. Notifíquese; y a la Sra. Asesora de Menores en su despacho.-
R.B.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro