Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0254/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2007-05-18

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ WILD HECTOR Y OTRO S/ EJECUCION FISCAL

Descripción: REMATE EJECUCION FISCAL

Viedma, mayo de 2.007.-

Y VISTOS: Los presentes obrados caratulados: "PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ WILD HECTOR Y OTRO S/ EJECUCION FISCAL", (Expte. Nº 0254/2005); y

CONSIDERANDO:

Que el título es ejecutivo (art. 604 del Código Procesal Civil y Comercial).-

Que los demandados no opusieron excepciones en término, por lo que corresponde dictar sentencia de remate conforme lo dispone el último párrafo del Art. 542 del Código Procesal Civil y Comercial.-

Por ello;

RESUELVO:

I.- Llevar adelante la ejecución en contra de HECTOR WILD y LUIS ADORNO, condenándolos a pagar a la PROVINCIA DE RIO NEGRO la suma de $ 16.165 en concepto de capital reclamado e intereses que resultan de promediar las tasas activa y pasiva que aplica el Banco de la Nación Argentina desde el 13-10-2003 y hasta el 31-03-2007 (conforme S.T.J. in re "CALFIN"), y de allí en más igual tasa hasta el efectivo pago.-

II.- Imponer las costas del presente juicio a los ejecutados (Art. 68 del C. Pr.).-

III.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. María Valeria Coronel en la suma de $ 1.867 M.B.: $ 16.165 coef. 11% red. en un 25% y 40%. (Arts. 7, 9, 40, 47 y 49 de la Ley 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-

IV.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-

s.b.s.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro