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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0670/2005
Fecha: 2007-05-16
Carátula: ROT AUTOMOTORES SACIF C/ SOTELO MARIO RODRIGO S/ EJECUTIVO
Descripción: DESISTIMIENTO CON REG. Y ARCHIVO
EXPTE. Nº: 0670/2005
CARATULA: ROT AUTOMOTORES SACIF C/ SOTELO MARIO RODRIGO S/ EJECUTIVO
Viedma, mayo de 2007.-
Atento lo peticionado y de conformidad con lo previsto en los arts. 304 y 305 del C. Pr., tiénese a la parte actora por desistida de la presente acción y del derecho, con costas (art. 73 del C. Pr.), regulándose los honorarios profesionales del Dr. Julián H. Fernandez Eguía en la suma de $ 458 M.B.: $ 2.975 (50% de monto reclamado), coef. 11% y 40%. (arts. 7, 9, 20, 47 y 49 de la Ley 2212). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Conforme lo solicitado, decrétase el levantamiento del embargo trabado a fs. 11 vlta., a cuyo fin, líbrese oficio al Registro de la Propiedad del Automotor nº 1 de Viedma, previa conformidad de la Caja Forense.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro