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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0267/2007
Fecha: 2007-05-16
Carátula: KONOF ILDA Y OTRO C/ LASCANO HUMBERTO ALEJANDRO S/ CONSIGNACION
Descripción: INICIA CONSIGNACION
EXPTE. Nº : 0267/2007.-
CARATULA: KONOF ILDA Y OTRO C/ LASCANO HUMBERTO ALEJANDRO S/ CONSIGNACION.-
Viedma, mayo de 2007.-
Agréguese la boleta de depósito acompañada.-
Atento lo peticionado, certifíquese por Secretaría el boleto de compra venta que se acompaña y hágase entrega del original a su presentante.-
Por promovida demanda por consignación, que tramitará según las normas del proceso sumario (art. 320 Cód. Procesal), córrase traslado de ella al demandado por el término de 10 días a quien se cita y emplaza para que la conteste en el plazo indicado, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del C.P.C.C., oponga excepciones y acompañe la prueba documental de que intente valerse (arts. 333, 356 y 488 Cód. citado). Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 339, l35 inc.1º). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 Cód. Procesal).-
Previo, acompáñese copia para traslado de la documental obrante a fs. 15/16.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro