Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1061/2002

N° Receptoría:

Fecha: 2007-05-16

Carátula: BURGOS ETHEL C/ ARIAS VALERIA S/ EJECUTIVO

Descripción: no ha lugar pedido de transferencia

EXPTE. N° 1061/2002

CARATULA: BURGOS ETHEL C/ ARIAS VALERIA S/ EJECUTIVO

Viedma, mayo de 2007.-

Atento los términos del embargo decretado a fs. 63 y habiéndose comunicado al Juzgado de Familia y Sucesiones n° 5 que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos, a lo solicitado, en este estado, no ha lugar, haciéndole saber que en su caso deberá ocurrir ante el Juzgado mencionado.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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