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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1061/2002
Fecha: 2007-05-16
Carátula: BURGOS ETHEL C/ ARIAS VALERIA S/ EJECUTIVO
Descripción: no ha lugar pedido de transferencia
EXPTE. N° 1061/2002
CARATULA: BURGOS ETHEL C/ ARIAS VALERIA S/ EJECUTIVO
Viedma, mayo de 2007.-
Atento los términos del embargo decretado a fs. 63 y habiéndose comunicado al Juzgado de Familia y Sucesiones n° 5 que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos, a lo solicitado, en este estado, no ha lugar, haciéndole saber que en su caso deberá ocurrir ante el Juzgado mencionado.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro