Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36821

N° Receptoría:

Fecha: 2005-05-16

Carátula: Sanatorio JUAN XXIII SRL C/Banca Nazionale del LAVORO S/ cancelación

Descripción: inicio

General Roca, 16 de mayo de 2.005.-

Agréguese la documentación en copia simple acompañada.-

De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso SUMARIO, traslado a la demandada por el término de DIEZ días, a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 486 y 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula.-

Téngase presente la prueba ofrecida la que deberá ser ratificada en el momento procesal oportuno.-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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