Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 00230-025-06

N° Receptoría:

Fecha: 2007-05-14

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO / VICENTE ROBLES SAMCICIF S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/INC.EJECUCION DE SENTENCIA Y HO

Descripción: Autos y Vistos

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:00230-025-06

Tomo:

Auto Interlocutorio:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

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SAN CARLOS DE BARILOCHE, 14 de mayo de 2007.-

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “PROVINCIA DE RIO NEGRO C/VICENTE ROBLES SAMCICIF S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S/INC.EJECUCION DE SENTENCIA Y HONORARIOS ”, expte. nro.00230-025-06 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO: 1.Que se cumplió con el art. 505 del C.P.C.C. (fs.29 Y 51y vta.) y no se opusieron excepciones en el plazo legal.------------------------------------------------------------------ 2. Que, de acuerdo con lo anterior, en virtud del art. 508 del mismo código, corresponde fallar la causa de venta y continuar la ejecución hasta que la parte ejecutante perciba íntegramente el capital reclamado, los intereses y las costas de este ejecución (art. 558 del C.P.C.C.).Por ello, -----------------------------------------

--------------LA CAMARA DE APELACIONES CIIVL Y COMERCIAL-------------

--- RESUELVE: I.- FALLAR esta causa de venta mandando continuar la ejecución promovida hasta que la parte ejecutante perciba íntegramenbte el capital reclamado de pesos setecientos ochenta mil ochocientos veintiseis con cuatro centavos ($780.826,04), más los intereses moratorios que corran hasta el día del efectivo pago al 18% anual, y las costas de esta ejecución.------------------------------

--- II.- DIFERIR para su oportunidad la regulación de honorarios respectiva.---------------------------------------------------------

--- III.- NOTIFICAR, registrar y protocolizar lo aquí decidido.

Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio Edgardo J.Camperi

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria

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