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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35930
Fecha: 2005-05-16
Carátula: Coop. CREDIALLEN Ltda. C/QUIÑEHUAL Antonio S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena oficio.-
//neral Roca, 16 de Mayo de 2005.-
Agréguese el informe de saldo adjuntado.-
Líbrese nuevo oficio a la empleadora a fin de que prosiga con el descuento de haberes del accionado en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 623,98 en concepto de capital (diferencia de la liquidación firme ($ 864,99) menos el cheque retirado a fs.73 de $ 241,0l) con más la suma de $ 250 calculados para intereses y costas.- Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SUDAMERIS SA sucursal local a la orden del Tribunal y en la cuenta judicial de autos.-
Téngase presente la persona facultada para el diligenciamiento.-
Oportunamente, notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro