Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 35930

N° Receptoría:

Fecha: 2005-05-16

Carátula: Coop. CREDIALLEN Ltda. C/QUIÑEHUAL Antonio S/ Ejecutivo

Descripción: se ordena oficio.-

//neral Roca, 16 de Mayo de 2005.-

Agréguese el informe de saldo adjuntado.-

Líbrese nuevo oficio a la empleadora a fin de que prosiga con el descuento de haberes del accionado en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 623,98 en concepto de capital (diferencia de la liquidación firme ($ 864,99) menos el cheque retirado a fs.73 de $ 241,0l) con más la suma de $ 250 calculados para intereses y costas.- Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SUDAMERIS SA sucursal local a la orden del Tribunal y en la cuenta judicial de autos.-

Téngase presente la persona facultada para el diligenciamiento.-

Oportunamente, notifiquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro