Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0379/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2007-05-10

Carátula: VARELA EDUARDO OSCAR S/ INCIDENTE DE PRONTO PAGO (ART. 16 LCQ)

Descripción: embargo

EXPTE. N° 0379/2005

CARATULA: VARELA EDUARDO OSCAR S/ INCIDENTE DE PRONTO PAGO (ART. 16 LCQ)

Viedma, mayo de 2007.-

Atento lo solicitado, el estado y constancias de autos y teniendo en cuenta la naturaleza postconcursal del crédito (conf. arts. 16 y 32 L.C.Q.), trábese embargo sobre las sumas de dinero que tenga o tuviere a percibir la demandada, La Costa S.R.L., de la Tesorería General de la Provincia de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 2.123 en concepto de honorarios, con más la suma de $ 300 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del sr. Juez y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro