Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0547/2004CIT

N° Receptoría:

Fecha: 2007-05-10

Carátula: SALAS ELBA C/ LEON SACCO CRISTIAN Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: debe acreditar especialidad perito propuesto

EXPTE. N° 0547/2004CIT

CARATULA: SALAS ELBA C/ LEON SACCO CRISTIAN Y OTRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, mayo de 2007.-

Agréguense las cédulas recibidas.-

Por contestado en traslado conferido a fs. 24.-

Atento lo peticionado por la actora y teniendo en cuenta lo dispuesto por el art. 464 C.Pr., hágase saber a la citada en garantía que deberá acreditar en autos la especialidad del perito propuesto a fs. 23.-

Con relación a lo peticionado en el punto 2, no ha lugar, debiendo en su caso estarse a las disposiciones del art. 465 y ssgtes. del C.Pr.-

A lo demás tiénese presente para su oportunidad si correspondiere.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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