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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0671/00/5
Fecha: 2007-05-10
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ BELLINI MARIA ELENA S/ EJECUTIVO
Descripción: ordena cobro por banco
EXPTE. N° 0671/00/5
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ BELLINI MARIA ELENA S/ EJECUTIVO
Viedma, mayo de 2007.-
Agréguese.-
Atento lo peticionado, constancias de autos (fs. 40) y a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristian Mildenbergera su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 868,14 por capital, debiendo informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada, a cuyo fin líbrese oficio al Banco Patagonia S.A..-
Asimismo, conforme lo peticionado y constancias de autos líbrese oficio al Instituto Provincial para la Vivienda (IPPV) a efectos que informe si ha dado cumplimiento en su totalidad con el embargo decretado sobre los haberes de la demandada que fuera comunicado por oficio n° 1727/00, debiendo en su caso acompañar los comprobantes correspondientes y en su caso informar los motivos del incumplimiento.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro