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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34960
Fecha: 2007-05-10
Carátula: MORALES Guillermo S. c/CASTRO Daniel A. y otro S/ Sumario
Descripción: a cédula
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
ABELARDO ZILVESTEIN
HIPOLITO IRIGOYEN 691, PISO 15, DPTO. 1(CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "MORALES Guillermo S. c/CASTRO Daniel A. y otro S/ Sumario" (Expte. 34960) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en Avenida Roca 1047 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 30 de marzo de 2.007... FALLO: Haciendo lugar a la excepción de falta de legitimación activa opuesta por los demandados y aseguradora y en consecuencia rechazar la demanda promovida por GUILLERMO SEGUNDO MORALES contra DANIEL ANTONIO CASTRO, CLAUDIA BEATRIZ LOPEZ y COMPAÑIA DE SEGUROS LA MERCANTIL ANDINA S.A., con costas al primero en los términos dispuestos por el art.84 del C.P.C. Regulo los honorarios de los Dres. Oscar Ismael Pineda en $ 5.700.-, Adolfo Cristian Nielsen en $ 11.170.-, peritos Abelardo Zilvestein en $ 500.- y Juan Cruz Muñoz en $ 400.- ( M.B. $57.000.- arts. 6, 6bis, 7 y 39 de la ley 2212).-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, 10 de mayo de 2007.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
JUAN CRUZ MUÑOZ
TUCUMAN 466 ( (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "MORALES Guillermo S. c/CASTRO Daniel A. y otro S/ Sumario" (Expte. 34960) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en Avenida Roca 1047 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 30 de marzo de 2.007... FALLO: Haciendo lugar a la excepción de falta de legitimación activa opuesta por los demandados y aseguradora y en consecuencia rechazar la demanda promovida por GUILLERMO SEGUNDO MORALES contra DANIEL ANTONIO CASTRO, CLAUDIA BEATRIZ LOPEZ y COMPAÑIA DE SEGUROS LA MERCANTIL ANDINA S.A., con costas al primero en los términos dispuestos por el art.84 del C.P.C. Regulo los honorarios de los Dres. Oscar Ismael Pineda en $ 5.700.-, Adolfo Cristian Nielsen en $ 11.170.-, peritos Abelardo Zilvestein en $ 500.- y Juan Cruz Muñoz en $ 400.- ( M.B. $57.000.- arts. 6, 6bis, 7 y 39 de la ley 2212).-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, 10 de mayo de 2007.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
CAJA FORENSE
VILLEGAS 973 ( (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "MORALES Guillermo S. c/CASTRO Daniel A. y otro S/ Sumario" (Expte. 34960) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en Avenida Roca 1047 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 30 de marzo de 2.007... FALLO: Haciendo lugar a la excepción de falta de legitimación activa opuesta por los demandados y aseguradora y en consecuencia rechazar la demanda promovida por GUILLERMO SEGUNDO MORALES contra DANIEL ANTONIO CASTRO, CLAUDIA BEATRIZ LOPEZ y COMPAÑIA DE SEGUROS LA MERCANTIL ANDINA S.A., con costas al primero en los términos dispuestos por el art.84 del C.P.C. Regulo los honorarios de los Dres. Oscar Ismael Pineda en $ 5.700.-, Adolfo Cristian Nielsen en $ 11.170.-, peritos Abelardo Zilvestein en $ 500.- y Juan Cruz Muñoz en $ 400.- ( M.B. $57.000.- arts. 6, 6bis, 7 y 39 de la ley 2212).-
Queda Ud. debidamente notificado.
Gral. Roca, 10 de mayo de 2007.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro