Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 34960

N° Receptoría:

Fecha: 2007-05-10

Carátula: MORALES Guillermo S. c/CASTRO Daniel A. y otro S/ Sumario

Descripción: a cédula

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

ABELARDO ZILVESTEIN

HIPOLITO IRIGOYEN 691, PISO 15, DPTO. 1(CONSTITUIDO)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "MORALES Guillermo S. c/CASTRO Daniel A. y otro S/ Sumario" (Expte. 34960) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en Avenida Roca 1047 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 30 de marzo de 2.007... FALLO: Haciendo lugar a la excepción de falta de legitimación activa opuesta por los demandados y aseguradora y en consecuencia rechazar la demanda promovida por GUILLERMO SEGUNDO MORALES contra DANIEL ANTONIO CASTRO, CLAUDIA BEATRIZ LOPEZ y COMPAÑIA DE SEGUROS LA MERCANTIL ANDINA S.A., con costas al primero en los términos dispuestos por el art.84 del C.P.C. Regulo los honorarios de los Dres. Oscar Ismael Pineda en $ 5.700.-, Adolfo Cristian Nielsen en $ 11.170.-, peritos Abelardo Zilvestein en $ 500.- y Juan Cruz Muñoz en $ 400.- ( M.B. $57.000.- arts. 6, 6bis, 7 y 39 de la ley 2212).-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, 10 de mayo de 2007.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

JUAN CRUZ MUÑOZ

TUCUMAN 466 ( (CONSTITUIDO)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "MORALES Guillermo S. c/CASTRO Daniel A. y otro S/ Sumario" (Expte. 34960) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en Avenida Roca 1047 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 30 de marzo de 2.007... FALLO: Haciendo lugar a la excepción de falta de legitimación activa opuesta por los demandados y aseguradora y en consecuencia rechazar la demanda promovida por GUILLERMO SEGUNDO MORALES contra DANIEL ANTONIO CASTRO, CLAUDIA BEATRIZ LOPEZ y COMPAÑIA DE SEGUROS LA MERCANTIL ANDINA S.A., con costas al primero en los términos dispuestos por el art.84 del C.P.C. Regulo los honorarios de los Dres. Oscar Ismael Pineda en $ 5.700.-, Adolfo Cristian Nielsen en $ 11.170.-, peritos Abelardo Zilvestein en $ 500.- y Juan Cruz Muñoz en $ 400.- ( M.B. $57.000.- arts. 6, 6bis, 7 y 39 de la ley 2212).-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, 10 de mayo de 2007.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

CAJA FORENSE

VILLEGAS 973 ( (CONSTITUIDO)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "MORALES Guillermo S. c/CASTRO Daniel A. y otro S/ Sumario" (Expte. 34960) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en Avenida Roca 1047 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 30 de marzo de 2.007... FALLO: Haciendo lugar a la excepción de falta de legitimación activa opuesta por los demandados y aseguradora y en consecuencia rechazar la demanda promovida por GUILLERMO SEGUNDO MORALES contra DANIEL ANTONIO CASTRO, CLAUDIA BEATRIZ LOPEZ y COMPAÑIA DE SEGUROS LA MERCANTIL ANDINA S.A., con costas al primero en los términos dispuestos por el art.84 del C.P.C. Regulo los honorarios de los Dres. Oscar Ismael Pineda en $ 5.700.-, Adolfo Cristian Nielsen en $ 11.170.-, peritos Abelardo Zilvestein en $ 500.- y Juan Cruz Muñoz en $ 400.- ( M.B. $57.000.- arts. 6, 6bis, 7 y 39 de la ley 2212).-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, 10 de mayo de 2007.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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