Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37727

N° Receptoría:

Fecha: 2007-05-07

Carátula: BANCA NAZIONALE DEL LAVORO S.A. c/CALDERON Adrian Emilio S/ Ejecutivo

Descripción: trance y remate//prestamo BERTOLINO

General Roca, 07 de mayo de 2007.-

AUTOS Y VISTOS: No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar.-

Por ello, con lo pedido y lo dispuesto por el art. 531 del C.P.C.;

FALLO: Esta causa de trance y remate, mandado llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Adrián Emilio Calderòn haga al acreedor Banca Nazionale del Lavoro íntegro pago del capital reclamado de $ 10.621,64.- con más sus intereses, costos y costas de la ejecución (art. 68 y 551 CPC); regulándose en tal concepto los honorarios del Dr. Fabrizio Bertolino y Eduardo E. Saint Martin en la suma de $ 670.- y $670.-, respectivamente (art. 6,7 y 40 de la ley 2212).-

Cúmplase con la ley 869.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 R.N.).-

Téngase al demandado, constituido domicilio en los Estrados del Tribunal.-

Glósese la documentación de fs. 10.-

Trábese embargo sobre el bien denunciado por las sumas de $ 10.621,64 en concepto de capital, con más la de $ 4.200 que se calculan para costas.-

Para su cumplimiento, líbrese oficio a la empleadora Salentein Fruti S.A. haciéndole saber que deberá descontar dichas sumas en el porcentaje de ley, de los haberes que tenga a percibir el demandado y depositarlos en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal en el Banco Patagonia S.A., Sucursal General Roca.-

Oportunamente notifíquese al ejecutado.-

Concédese el préstamo solicitado por el termino de TRES días.-

Notifíquese y regístrese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

NOTA: De haberse glosado. CONSTE.-

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Poder Judicial de Río Negro