Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36893

N° Receptoría:

Fecha: 2007-05-04

Carátula: FLORES Carmelo C/FLORES Pedro S/ Interdicto de retener

Descripción: clausura perriodo probatorio.-

//neral Roca, 04 de mayo de 2007.-

Al punto I, téngase presente el desistimiento de prueba pendiente de producción Informativa: a Sociedad Rural, Escribania Urioste y Juzgado de Paz oportunamente ofrecida por la demandada.-

Al punto 2, clausúrase el período probatorio.-NOT.-

A la solicitud que se ponga los autos para alegar atento la características de este proceso (INTERDICTO DE RETENER) a lo solicitado no ha lugar.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro