Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 35235

N° Receptoría:

Fecha: 2007-04-26

Carátula: MUNICIPALIDAD GRAL. ROCA C/CANCIO Ricardo S/ Ejecutivo

Descripción: Regulación-hagase saber

//neral Roca, 26 de ABRIL de 2007.=

Y VISTOS: para regular honorarios en estos autos caratulados "MUNICIPALIDAD DE GENERAL ROCA C/CANCIO RICARDO S/EJECUTIVO" (Expte. 35.235-III-02).

Hágase saber el dictámen de Caja Forense.

Por su actuación -desde fs. 168- regulo los honorarios del Dr. Pablo Omar Galatro en la suma de $ 120.- (arts. 6, 7 y 40 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro