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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 22064/07
Fecha: 2007-04-23
Carátula: TORRES CLARA ROSA S/ AMPARO
Descripción: Prov-Amparo
Expte. N°22064/07-STJ-
///MA, 23 de abril de 2007.-
-----Por presentados, partes en el carácter invocado y por constituido domicilio legal.- - - - - - - - - - - - - - - - -- -----Agréguese la documentación acompañada.- - - - - - - - - -
-----Por promovida acción de amparo de en los términos del art. 43 de la Constitución Provincial.- - - - - - - - - - - -
-----En los térmionos del art.43 de la C.P., requiérase al señor Ministro de Salud Publica de la Provincia de Río Negro un amplio informe sobre la cuestión planteada por el amparista el que deberá ser respondido en el plazo perentorio de ocho horas, asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantías de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza el instituto (C.S.J.N.,B.2571 XXXVIII del 5-12-04).- -----Notifíquese por cédula al requerido, y al señor Fiscal de Estado de la Provincia, con entrega de copias de la acción deducida.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----A lo demás, oportunamente.- - - - - - - - - - - - - - - -
VICTOR HUGO SODERO NIEVAS
PRESIDENTE
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro