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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0748/2002
Fecha: 2007-04-23
Carátula: PATAGONIA S.A. C/ CISNERO JOSEFINA S/ EJECUTIVO
Descripción: TRASLADO DE LA LIQUIDACION PRACTICADA - LIQUIDA ASTREINTES
CARATULA: PATAGONIA S.A. C/ CISNERO JOSEFINA S/ EJECUTIVO
EXPTE. N° 0748/2002
Viedma, abril de 2007.-
1.- Por practicada liquidación, de la misma córrase traslado a la contraparte por el término de ley. Notifíquese.-
2.- Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta lo manifestado y peticionado en el escrito en despacho, y de acuerdo a los términos efectuados por la OSPECON en la contestación al oficio nº 2.480/06 (fs. 39), donde se expresa que se ha cancelado en su totalidad el embargo decretado en autos, sin indicar fecha del depósito, corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 35, fijándose las astreintes en la suma de $ 1.100, correspondiendo a 22 días de retardo, contados a partir del vencimiento del plazo establecido a fs. 35, que fuera notificado el 06/12/06 (fs. 37) y hasta el día del primer depósito efectuado, 25/01/07 (fs. 44). A tal fin líbrese oficio a la OSPECON el que será diligenciado por el Oficial de Justicia de San Antonio Oeste y entregado en forma personal al titular del organismo ó persona autorizada a tal efecto, haciéndole saber que en el plazo de 5 días deberá depositar dicha suma a la orden del suscripto y como perteneciente a estos autos, bajo apercibimiento de ejecución.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro