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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 30887III
Fecha: 2007-04-20
Carátula: BANCO BANSUD S.A. c/DUIMICH Armando D. y O. S/ Ejecutivo
Descripción: embargo.prestamo Dr.Bertolino.-
//neral Roca, 20 de Abril de 2007.-
Proveyendo el escrito de fs.114, agréguese .-
Proveyendo el escrito de fs.115 - punto I, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrense oficios a las instituciones bancarias mencionadas -sucursales General Roca y Allen respectivamente-, haciendose efectiva la medida por la suma de $ 9.500 en concepto de capital con más la de $ 3800 calculados para intereses y costas, debiendose abstener en caso de tratarse de cuenta sueldos.-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifiquese a los accionados el embargo precedentemente ordenado.-
Hágase saber al letrado que efectivizado el embargo en una entidad bancaria deberá abstenerse de la presentación de los oficios en las restantes.-
Al punto II, concédese el préstamo de las presentes actuaciones por el término de TRES DIAS.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro