Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 33690III

N° Receptoría:

Fecha: 2007-04-19

Carátula: COOP.OBRAS, SERVICIOS PUBLICOS, SOC. VIV. RIO NEGRO Ltda. c/ MEZI Danilo A. y otro S/ Ejecutivo

Descripción: ampliacion de embargo.-

//neral Roca, 19 de Abril de 2007.-

Al punto I, agréguese.-

Al punto II, líbrese nuevo oficio a la empleadora a fin de que prosiga con el descuento de heberes del accionado, haciendose efectiva la medida en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 5452,34 en concepto de capital con más la suma de $ 2200 calculados para intereses y costas.-

Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos en el BANCO PATAGONIA SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y en la cuenta judicial de autos.-

Oportunamente, notifíquese al accionado el embargo precedentemente ordenado.-

Se deja constancia que el monto del embargo ordenado precedentemente surge de restar al monto de la planilla aprobada a fs.121 $ 5.786,79 la extracción de fondos de $ 334,45 realizada en la mencionada foja.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro