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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0337/2006
Fecha: 2007-04-17
Carátula: VELAZQUEZ MARIA ESTER C/ MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE Y OTRA S/ USUCAPION
Descripción: NO SE REGULA criterio STJ (CARLOTTO C/ ALBIZU) (BCO. HIP
EXPTE. Nº 0337/2006
CARATULA: VELAZQUEZ MARIA ESTER C/ MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE Y OTRA S/ USUCAPION
Viedma, abril de 2.007.-
Tiénese presente. Atento al estado, constancias obrantes en autos y ante la ausencia de instancia abierta, conforme criterio sostenido por el Superior Tribunal de Justicia en los autos caratulados "Carlotto Ana María c/ Albizu, Adolfo Ramón s/ Sumario s/ Casación (sent. nº 92 del 30/12/1998) el cual resulta de aplicación en estos obrados (conf. art. 43 Ley Orgánica), y dejando a salvo el criterio del suscripto en el mencionado expediente, a la solicitud de regulación de honorarios no ha lugar por no corresponder.-
jc
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro