Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 27754IV

N° Receptoría:

Fecha: 2007-04-16

Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/AUN Marta Graciela S/ Ejecutivo

Descripción: proveido.-

//neral Roca, 16 de Abril de 2007.-

Al punto I, agréguese el informe de saldo adjuntado.-

Al punto II, atento el informe adjuntado y lo peticionado, intímese a la empleadora para que dentro del plazo de CINCO dias de notificada a continuar con el embargo de sueldos de la demandada ordenado en autos hasta cubrir las sumas de $ 11.689,66 en concepto de capital con más la de $ 4700 calculados para intereses y costas todo ello bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del CPC el que deberá ser transcripto. Para su cumplimiento, librese oficio.-

Se deja constancia que el monto del embargo ordenado precedentemente surge de restar al capital fijado por Cámara de Apelaciones a fs.462 vta de $ 11.304,52 más $ 3083,13 = $ 14.387,66 las extracciones realizadas a fs. 500 de $ 2.485 y de fs.532 de $ 213 lo que totaliza la suma de $ 11.689,66.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro