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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 20327/05
Fecha: 2005-07-21
Carátula: AGUIRRE JORGE OMAR S/ INDULTO
Descripción: Prov. c/Of. al CMF de ROCA (1° Inf. Psicológico)
Expte. Nro. 20327/05-STJ.-
///MA, 21 de julio de 2005.-
---------------- Atento la condena que purga el peticionante, por expresa Instrucción del Tribunal, requiérase al Cuerpo Médico Forense de General Roca; para que a través del especialista idóneo produzca un informe psicológico, con diagnóstico y pronóstico, y en su caso el tratamiento a seguir con el encartado, toda vez que de las constancias de autos no surge que tipo de tratamiento se le está dispensando y si es el adecuado a su personalidad.- - - - - - - - - - - -
-------Ofíciese y resérvese en Secretaría estos actuados, hasta la recepción de la opinión del Cuerpo Médico Forense.-
EZEQUIEL LOZADA -
SECRETARIO -
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA-
NOB
En fecha 22/07/2005 se libra Of. Nro. /05/STJ al CMF de Gral. Roca (RN). CONSTE.-
En fecha 22/07/2005 se reservan en Secretaría estos actuados en 44 fs. útiles. CONSTE.-
VIEDMA, 21 de julio de 2005.-
Oficio Nro. /05/Sec. Nro. 4-S.T.J.-
A los Sres. integrantes
del Cuerpo Médico Forense
de General Roca R.N.
S / D
------------------------ Me dirijo a Ud./s. en los autos caratulados: "AGUIRRE JORGE OMAR S/ INDULTO" (Expte. N° 20327/05-STJ-), a efectos de solicitarle la confección y posterior remisión de un informe psicológico con diagnóstico y pronóstico respecto de la adaptación social que pudiera experimentar Jorge Omar Aguirre, nacido el 21 de enero de 1974 en General Roca (R.N.), hijo de Félix y de María Isidora Velázquez, quien actualmente se encuentra detenido en la Cárcel de Encausados, a disposición de la Cámara IIIa. en lo Criminal (Expte. N° 2052/00), todo de General Roca (R.N.).- - ------------------------ Para mayor recaudo transcribo la providencia que así lo ordena, la que en su sección pertinente dice: “///MA, 21 de julio de 2005.- Atento la condena que purga el peticionante, por expresa Instrucción del Tribunal, requiérase al Cuerpo Médico Forense de General Roca; para que a través del especialista idóneo produzca un informe psicológico, con diagnóstico y pronóstico, y en su caso el tratamiento a seguir con el encartado, toda vez que de las constancias de autos no surge que tipo de tratamiento se le está dispensando y si es el adecuado a su personalidad.- Ofíciese y resérvese en Secretaría estos actuados, hasta la recepción de la opinión del Cuerpo Médico Forense ...” FDO: Dr. Ezequiel Lozada, Secretario del Superior Tribunal de Justicia.- - - - - - - - ------------------------ Saludo a Ud/s muy atentamente.- - -
EZEQUIEL LOZADA -
SECRETARIO -
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA-
NOB
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Poder Judicial de Río Negro