Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0514/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2007-04-12

Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ MONTES DE OCA JOSE LUIS S/ ORDINARIO

Descripción: AUD. 361 DEL C. PR. (art. 125)

EXPTE. Nº 0514/2005

CARATULA: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ MONTES DE OCA JOSE LUIS S/ ORDINARIO

Viedma, abril de 2.007.-

Atento lo peticionado y existiendo hechos controvertidos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase la presente causa a prueba. A tal fin, en los términos del art. 361 del C. Pr., fíjase audiencia para el 10 de mayo de 2007 a las 10:00 horas, a la que deberán comparecer las partes munidas de sus documentos de identidad, bajo apercibimiento de celebrarse con cualquiera de las partes que concurra (art. 125 del C. Pr.). Notifíquese.-

s.b.s.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro