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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0227/2006CPA
Fecha: 2007-04-12
Carátula: LANDA JOSE MARIO Y OTROS C/ HECKER MARCELO DARIO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: HACE EFECTIVO APERCIBIMIENTO ART. 431 DEL C. Pr.
EXPTE. Nº: 0227/2006CPA
CARATULA: LANDA JOSE MARIO Y OTROS C/ HECKER MARCELO DARIO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, abril de 2006.-
Al punto II, estése al acta de fs. 91.-
Atento lo solicitado en el punto III y las constancias obrantes en autos, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 431 del CPCC, a los fines de que el testigo Gaston Linares concurra a la audiencia supletoria fijada en las presentes actuaciones para el día 17 de abril de 2007 a las 8,30 hs, líbrese oficio a la Policía de Río Negro.-
De lo demás peticionado en el punto IV córrase traslado a la contraria por el término de ley.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro