Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36943

N° Receptoría:

Fecha: 2007-04-09

Carátula: SALDIVIA Jorge Wilson C/GUTIERREZ MENDEZ Osvaldo Agustín S/ Sumario

Descripción: certificación de prueba

General Roca, 09 de abril de 2.007.

Atento las constancias de autos, decrétase la caducidad de la prueba testimonial oportunamente ofrecida por la parte demandada, la que no podrá realizarse en esta instancia (art. 432 C.P.C.).

Certifique el Actuario.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Sr. JUEZ:

CERTIFICO: Que habiendo vencido el término probatorio, las prueba oportunamente ofrecidas, se encuentran realizadas en su totalidad.-

Secretaría, 09 de abril de 2.007.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 09 de abril de 2007.-

Atento la certificación que antecede, clausúrese el término probatorio. Not.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro