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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0089/2007
Fecha: 2007-04-04
Carátula: MARTIGNONI CLERICA INES S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: SENT. B.L.S.G. CONCEDIDO
Viedma, abril de 2.007.-
Y VISTOS: Los presentes autos caratulados: "MARTIGNONI CLERICA INES S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS" Expte. n° 0089/2007; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1/2 comparece la sra. Clérica Inés Martignoni, por derecho propio, solicitando se le otorgue el beneficio de litigar sin gastos, atento que la mismo debe intervenir en carácter de demandada y proseguir hasta su total terminación los autos caratulados: "Balda Juan Oscar c/ Martignoni Clérica Inés s/ Divorcio Vincular - Ordinario" Expte. n° 0551/06 que tramitan ante el Juzgado de Familia y Sucesiones n° 5 de Viedma y no posee recursos económicos suficientes para costear los gastos que el juicio demanda. Ofrece prueba, funda en derecho y concreta su petitorio.-
Que de conformidad con lo dispuesto en el art. 78 del Código Procesal Civil y Comercial corresponde otorgar el beneficio de litigar sin gastos a quien careciera de recursos suficientes para solventar los gastos que le demanda la defensa judicial de sus derechos.-
Que del informe del Registro de la Propiedad Inmueble obrante a fs. 11 surge que la peticionante no posee bienes a su nombre.-
Que en las declaraciones obrantes a fs. 15, 16 y 22 las testigos son contestes en afirmar que la peticionante no cuenta con los recursos necesarios para hacer frente a los gastos que el juicio demanda, situación que es corroborada con lo que surge de la copia del recibo de haberes obrante a fs. 3.-
Que atento las pruebas rendidas y el objeto perseguido con la petición, corresponde hacer lugar a lo solicitado, a los fines de la tramitación de los autos caratulados: "Balda Juan Oscar c/ Martignoni Clérica Inés s/ Divorcio Vincular - Ordinario" Expte. n° 0551/06 que tramitan ante el Juzgado de Familia y Sucesiones n° 5 de Viedma.-
Por lo expuesto y lo establecido en el art. 78 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial,
RESUELVO:
I.- Conceder el beneficio de litigar sin gastos, hasta que mejore de fortuna a CLERICA INES MARTIGNONI, para la tramitación de los autos caratulados: "Balda Juan Oscar c/ Martignoni Clérica Inés s/ Divorcio Vincular - Ordinario" Expte. n° 0551/06 que tramitan ante el Juzgado de Familia y Sucesiones n° 5 de Viedma .-
II.- Regístrese, protocolícese, notifíquese y expídase testimonio y/o fotocopia certificada de la presente.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro