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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0569/95/5
Fecha: 2007-04-04
Carátula: CANEPA FERNANDO ANGEL C/ ROMERO LINARES FRANCISCO S/ SUMARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: EMBARGO EN CTAS. BANCOS
EXPTE. Nº : 0569/95/5.-
CARATULA: "CANEPA FERNANDO ANGEL C/ ROMERO LINARES FRANCISCO S/ SUMARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS".-
Viedma, abril de 2007.-
Atento lo manifestado y previa conformidad de la Caja Forense, levántase el embargo decretado a fs. 6 y a fs. 20.-
En consecuencia, trábese embargo sobre las sumas de dinero que el ejecutado Francisco Romero Linares tenga o tuviere en cuentas corrientes, cajas de ahorro, plazos fijos, transferencias, giros y/o cualquier otro concepto en los bancos Patagonia S.A., Nación, Río, Bansud y/o Provincia de Buenos Aires, hasta cubrir la suma de $ 648,98 en concepto de honorarios, con más la suma de $ 1.400 que se presupuestan provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio. A tal fin líbrese oficio a las entidades bancarias mencionadas, bajo responsabilidad de la parte, haciéndose saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos, en el Banco Patagonia S.A. -sucursal Viedma-. Tiénese presente las personas facultadas para el diligenciamiento del oficio ordenado.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro