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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37866
Fecha: 2007-04-04
Carátula: ARIAS Roberto c/ALMENDRA Graciela A. y Otro S/ Ejecución de Honorarios
Descripción: Inicia ejecucion
//neral Roca, 04 de ABRIL de 2007.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Certifique la Actuaria.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sra. Juez:
CERTIFICO que, teniendo a la vista los autos "GALAN Rosa c/ALMENDRA Graciela A. y otro S/ Desalojo" (Exp. Nro. 36363), a fs. 174 obra regulación de honorarios a favor del Dr. Roberto Arias por la suma de $294.- los que se encuentran debidamente notificados y firmes. Costas a cargo de los demandados Graciela Alejandra Almendra y Jorge Antonio Kaiser (según resolución de fs. 133). El domicilio real de los demandados es Tierra del Fuego 149, casa 14, barrio 120 viviendas IPPV de Cervantes (Rio Negro).
Secretaría, 04 de ABRIL de 2007.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
//neral Roca, 04 de ABRIL de 2007.-
Téngase presente y por iniciada la ejecución de honorarios del Dr. Roberto Arias.-
Líbrese mandamiento de embargo contra los demandados GRACIELA A. ALMENDRA y JORGE A. KAISER por la suma de $294.- en concepto de capital con más la de $200.- que se presupuestan para costas. Cítese de venta por el término de CINCO días.-
Para el diligenciamiento del mandamiento ordenado líbrese oficio al Juzgado de Paz de Cervantes.-
Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto líbrese oficio a la empleadora (POLICIA DE RIO NEGRO) a fin de que haga efectivo el mismo sobre los sueldos del demandado JORGE ANTONIO KAISER en el porcentaje de ley y hasta cubrir las sumas de $294.- en concepto de capital con más la de $200.- que se presupuestan para costas. Los fondos deberán ser depositados y/o transferidos a la cuenta de autos del Banco Patagonia, sucursal local, y a la orden del Tribunal.-
Al embargo solicitado sobre remanente, denúnciese en autos la carátula del expte. que tramita ante el Juzgado Civil 1.-
Oportunamente, notifíquese al demandado el embargo ordenado.-
Déjese constancia en los autos principales.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro