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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37637
Fecha: 2007-03-28
Carátula: SAINT MARTIN Daniel Ettiene c/SAINT MARTIN S.A. S/ Homologación
Descripción: homologa
//neral Roca, 28 de MARZO de 2007.=
Téngase presente el dictámen de Rentas.
Homológase con fuerza de sentencia el acuerdo suscripto por las partes a fs. 4. NOT.
Intímese a la demandada para que dentro del término de CINCO DIAS de notificada proceda a abonar la suma de $ 9.752,36 correspondiente a la cuarta y última cuota acordada en el acta de fecha l2/12/2005 ante el Centro Judicial de Medicación con asiento en esta ciudad, todo ello bajo apercibimiento de proceder a su ejecución.-NOT.-
Téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón librese oficio al RPI correspondiente, haciendose efectiva la medida siempre y cuando sea titular registral la demandada y por la suma de $ 9.752,36 en concepto de capital con más la de $ 3900 calculados para intereses y costas.-
Requierase asimismo condiciones de dominio, gravamen e inhibiciones.-
Oportunamente, notifíquese a la accionada el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro