Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0516/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2007-03-27

Carátula: CASADO VICTOR HUGO Y OTRA C/ SANATORIO AUSTRAL S.R.L. S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: CEDULA SECRETARIA

C E D U L A

Señor: Sancor Cooperativa de Seguros Limitada - Dres. Juan Carlos Perrote, Pablo Mao y Javier Perrote

Domicilio: Moreno 415 - Planta Baja (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "CASADO VICTOR HUGO Y OTRA C/ SANATORIO AUSTRAL S.R.L. S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS) ", Expte. Nº 0516/2006, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, marzo de 2.007.- Atento el estado de autos y por razones de mejor servicio, modifícase la fecha de la audiencia fijada a fs. 181, la que se señala para el día 03 de MAYO de 2.007 a las 9.30 horas. Notifíquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes - Juez" La providencia de fs. 181 en su parte pertinente dice: Viedma, marzo 5 de 2.007.- ... Atento lo peticionado, el estado de autos y existiendo hechos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase a prueba la presente causa. Conforme lo dispone el art. 489 del Cód. Pr., señálase la audiencia del día 11 de abril de 2.007 a las 9,30 horas, a la que deberán comparecer personalmente las partes munidas de sus documentos de identidad, previa citación en legal forma, bajo apercibimiento de aplicar el equivalente a 50 jus en calidad de astreintes a la parte que no compareciera sin justa causa. Notifíquese; y a la Sra. Asesora de Menores en su despacho.- Fdo. Dr. Alejandro J. E. Moldes - Juez.-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de marzo de 2007.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro