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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0425/2006
Fecha: 2007-03-27
Carátula: ANTONIO NELIDA NIEVES C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: CONTESTAN CITADOS COMO TERCEROS
EXPTE Nº 0425/2006
CARATULA: ANTONIO NELIDA NIEVES C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, marzo de 2.007.-
Proveyendo a fs. 83/86:
Por presentado, parte y constituido el domicilio.-
Por contestada la citación como tercero dispuesta a fs. 69. Atento el carácter de tercero del peticionante, a las excepciones planteadas y al pedido de citación en garantía solicitado, no ha lugar por improcedentes.-
Cúmpla el profesional interviniente con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Al escrito de fs. 87/103:
Por presentada, parte y por constituido el domicilio.-
Por contestada la citación como tercero dispuesta a fs. 69.-
Agréguese la documental acompañada y de la misma córrase traslado a las partes por el término de ley. Notifíquese.-
Hágase saber a los profesionales intervinientes, que deberán cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro