Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0100/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2007-03-26

Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ MOMDJIAN MARCELO HORACIO Y OTROS S/ ORDINARIO

Descripción: INICIA DEMANDA

EXPTE N° 0100/2007

CARATULA: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ MONDJIAN MARCELO HORACIO Y OTROS S/ ORDINARIO

Viedma, marzo de 2007.-

Tiénese presente la aclaración formulada, en consecuencia, recaratúlense las actuaciones en tal sentido.-

Por promovida demanda, la que tramitará según las normas del proceso ordinario (art. 319 del C.P.C.C.), córrase traslado de ella a los demandados sres. Momdjian por el término de 21 días y Voulliat, Casadei y Massaccesi por el plazo de 15 días, a quienes se cita y emplaza para que la contesten en el plazo indicado, bajo apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del Cód. Procesal, opongan excepciones dentro del plazo de ley y acompañen la documental de que intenten valerse (arts. 333, 346 y 356 Cód. citado). Notifíquese por cédula con entrega de las copias de ley (idem arts. 135 inc. 1* y 339). Martes y viernes para notificaciones por Secretaría (art. 133 Cód. Procesal).-

A lo demás, oportunamente.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro