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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33243III
Fecha: 2007-03-26
Carátula: CREDIL S.R.L. c/RODRIGUEZ Ernesto Omar S/ Ejecutivo
Descripción: se amplia embargo.-
//neral Roca, 26 de Marzo de 2007.-
Agréguese el informe de saldo adjuntado.-
Líbrese nuevo oficio a la empleadora a fin de que prosiga con el descuento de haberes del accionado en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 161,10 en concepto de capital con más la de $ 100 calculados para intereses y costas.-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al Banco Patagonia SA sucursal local a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifiquese al demandado el embargo precedentemente ordenado.-
Se deja constancia que el monto del embargo precedentemente ordenado se discrimina de la siguiente manera: $ 45,60 saldo de planilla aprobada a fs.204 por el retiro de cheque de $ 253,30 (fs.216) $ 110 honorarios por acrecidos regulados a la Dra.Marcela Saitta a fs. 216 y $ 5,50 (5%) aporte de Caja Forense lo que totaliza $ 161,10.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro