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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1426/99/5CD5
Fecha: 2007-03-23
Carátula: GALARZA DORINDA LUCIA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (CONSEJO PROVINCIAL DE SALUD PUBLICA) Y OTROS S/ SUMARIO
Descripción: SE DECLARA LA NEGLIGENCIA DE UNA PRUEBA -ART.384 CPCC-
EXPTE. Nº 1426/99/5CD5.-
CARATULA "GALARZA DORINDA LUCIA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (CONSEJO PROVINCIAL DE SALUD PUBLICA) Y OTROS S/ SUMARIO"
Viedma, marzo de 2007.-
Atento lo peticionado, no habiendo contestado la contraria el traslado conferido ni instado la producción de la prueba informativa al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y encontrándose vencido el plazo fijado a fs. 681/682 de los autos principales, de conformidad a lo previsto por el art. 384 del Cód. Pr., declárase la negligencia de dicha prueba.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro