Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1426/99/5CD5

N° Receptoría:

Fecha: 2007-03-23

Carátula: GALARZA DORINDA LUCIA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (CONSEJO PROVINCIAL DE SALUD PUBLICA) Y OTROS S/ SUMARIO

Descripción: SE DECLARA LA NEGLIGENCIA DE UNA PRUEBA -ART.384 CPCC-

EXPTE. Nº 1426/99/5CD5.-

CARATULA "GALARZA DORINDA LUCIA C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO (CONSEJO PROVINCIAL DE SALUD PUBLICA) Y OTROS S/ SUMARIO"

Viedma, marzo de 2007.-

Atento lo peticionado, no habiendo contestado la contraria el traslado conferido ni instado la producción de la prueba informativa al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y encontrándose vencido el plazo fijado a fs. 681/682 de los autos principales, de conformidad a lo previsto por el art. 384 del Cód. Pr., declárase la negligencia de dicha prueba.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro